La Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha ha publicado mediante Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Beneficiarios
Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.
Objeto y Finalidad
Facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a personas desempleadas de Castilla-La Mancha, a través de las siguientes líneas:
- Línea 1: Ayudas para la formalización de contratos de formación en alternancia.
- Línea 2: Ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional.
- Línea 3: Ayudas para la formalización de contratos de relevo.
- Línea 4: Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo, y para la contratación indefinida de personas que hubieran finalizado su relación laboral, mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida
Financiación y cuantía de las subvenciones
Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención por importe 5.500 euros para la realización de contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de práctica profesional o contratos de relevo.
Asimismo, recibirán una subvención por importe de 6.000 euros para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo, y para la contratación indefinida de personas que hubieran finalizado su relación laboral, mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida.
Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación del presente Decreto, hasta el día 30 de octubre de 2022