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¿ Me pueden multar si llevo el permiso caducado?

Muchos sois los que pasáis por nuestras oficinas y nos preguntas si el permiso de conducir caducado conlleva una multa por no tenerlo en vigor, porque aunque sea algo que usamos prácticamente a diario muchas veces no comprobamos su caducidad.

Este olvido puede constarnos alguno euros, dado que nos exponemos a una multa si las autoridades nos piden la documentación del coche y comprueban que ya henos sobrepasado su día de vencimiento.

La ley no establece un margen de tiempo posterior al vencimiento de la licencia en el que podríamos estar exentos de la multa por conducir con él caducado. Esto es, al día siguiente de la fecha que consta en el documento ya podemos ser multados, y la cantidad a pagar es de 200 euros, aunque algo tenemos que decir a favor y es que no nos retiran puntos. Esto quiere decir que si no nos hemos dado cuenta y ya se ha pasado la fecha de vigencia de nuestro carné, no podremos conducir hasta que hagamos el examen psicotécnico y hayamos obtenido la renovación. Eso sí, si no conducimos no pasa absolutamente nada.

 

Para que este despiste no nos pille en la carretera, o en un control de tráfico, hay que tener en cuenta que los permisos ordinarios para turismos tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumpla los 65. A  partir de esa edad habrá que obtener la renovación cada 5 años. En el caso de los conductores profesionales, taxistas y conductores de autobuses, la validez del permiso es de 5 años hasta los 65, y de 3 años a partir de esa edad.

 

Ahora bien lo que sí están claros son los plazos para solicitar su renovación. Podemos hacerlo durantelos tres meses anteriores a su fecha de vigencia máxima. Si, por ejemplo, el carné está deteriorado, nos lo roban o lo perdemos antes de esos tres meses, tendremos que solicitar un duplicado y pagar las tasas correspondientes.

 

Muchos sois los que pasáis por nuestras oficinas y nos preguntas si el permiso de conducir caducado conlleva una multa por no tenerlo en vigor, porque aunque sea algo que usamos prácticamente a diario muchas veces no comprobamos su caducidad.

Este olvido puede constarnos alguno euros, dado que nos exponemos a una multa si las autoridades nos piden la documentación del coche y comprueban que ya henos sobrepasado su día de vencimiento.

La ley no establece un margen de tiempo posterior al vencimiento de la licencia en el que podríamos estar exentos de la multa por conducir con él caducado. Esto es, al día siguiente de la fecha que consta en el documento ya podemos ser multados, y la cantidad a pagar es de 200 euros, aunque algo tenemos que decir a favor y es que no nos retiran puntos. Esto quiere decir que si no nos hemos dado cuenta y ya se ha pasado la fecha de vigencia de nuestro carné, no podremos conducir hasta que hagamos el examen psicotécnico y hayamos obtenido la renovación. Eso sí, si no conducimos no pasa absolutamente nada.

 

Para que este despiste no nos pille en la carretera, o en un control de tráfico, hay que tener en cuenta que los permisos ordinarios para turismos tienen una validez de 10 años hasta que el conductor cumpla los 65. A  partir de esa edad habrá que obtener la renovación cada 5 años. En el caso de los conductores profesionales, taxistas y conductores de autobuses, la validez del permiso es de 5 años hasta los 65, y de 3 años a partir de esa edad.

 

Ahora bien lo que sí están claros son los plazos para solicitar su renovación. Podemos hacerlo durantelos tres meses anteriores a su fecha de vigencia máxima. Si, por ejemplo, el carné está deteriorado, nos lo roban o lo perdemos antes de esos tres meses, tendremos que solicitar un duplicado y pagar las tasas correspondientes.

 

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