La Dirección General de Tráfico ha publicado en su página web la Instrucción MOV 2022/12 que recoge la nueva señalización para que los ciudadanos identifiquen la ubicación y las principales características de los puntos de recarga eléctrica en las vías.
Los puntos de recarga eléctrica ya instalados en carreteras y vías urbanas necesitaban ser señalizados e incorporados al Catálogo oficial de señales de circulación, por lo que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico, se pusieron a trabajar en conjunto con el objetivo de acordar su contenido en línea con las señales que ya existen en otros países de la Unión Europea.
Además, también se ha consensuado el correspondiente pictograma de “vehículo eléctrico” para su utilización cuando sea preciso especificar que el alcance de una determinada señalización se refiere a esta tipología de vehículos.
Pictograma de la señalización de los puntos de recarga en las vías:
Surtidor de carburante y estación de recarga eléctrica.
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de estación de recarga eléctrica.
Estación de recarga eléctrica
Indica la situación de una estación de recarga eléctrica.
Surtidor de carburante, GLP y estación de recarga eléctrica.
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás y estación de recarga eléctrica.
Pictograma de señalización de vehículo eléctrico
Se utilizará el pictograma de vehículo eléctrico cuando sea necesario indicar que el alcance de la señalización se refiere a este tipo de vehículos.
Todos estos pictogramas podrán ser colocados de forma individual o colectiva en las señales de servicio que los ciudadanos pueden encontrar tanto en carretera como en zona urbana. A continuación varios ejemplos:
Fuente: DGT.es